Ordenamiento Jurídico

1. ÁMBITO PENAL: "Justicia de Piedra y Datos"

1. Ley de la Transparencia Digital (Delito de Encriptación Privada):

  • La Norma: Todo ciudadano debe utilizar la Intranet Nacional para sus comunicaciones. El uso de redes privadas (VPN) o encriptación no autorizada por el Cuerpo Tecnócrata se considera "Intento de Sombras".
  • Pena: Intervención total de dispositivos y 5 años de servicio técnico en el Complejo "Cero".

2. Ley de la Calumnia Pública:

  • La Norma: Mentir para dañar el honor de una familia o persona en público es un delito grave.
  • Pena: Resarcimiento público y pago económico.

3. Delito de Sabotaje al Recurso (Litio y Energía):

  • La Norma: Cualquier daño a la infraestructura minera o energética, ya sea por negligencia o dolo, se considera un ataque a la supervivencia de las siete tribus.
  • Pena: Sarcófago de Granito. No hay apelación si el sabotaje detuvo la producción nacional por más de una hora.

2. ÁMBITO CIVIL: "Contratos de Sangre y Propiedad"

1. Ley de Propiedad de la Tierra (Soberanía Tribal):

  • La Norma: El suelo de TaliLand no se puede vender a individuos, mucho menos a extranjeros. La tierra pertenece al Estado y es cedida a las familias por el Consejo de Ancianos según su productividad y lealtad.
  • Heredad: Si una familia no produce o no mantiene la pureza de su parcela, la concesión vuelve al Consejo.

2. Ley de Matrimonio y Unión de Clanes:

  • La Norma: El matrimonio es un contrato civil y espiritual que une a dos clanes. Requiere la aprobación de los patriarcas/matriarcas de ambas familias y un examen de compatibilidad genética realizado por los Tecnócratas (para evitar enfermedades hereditarias en una población aislada).
  • Divorcio: Es legal, pero conlleva una multa del 30% de los bienes de ambos para el "Fondo de Huérfanos de la Montaña".

3. Ley de la Herencia Intelectual:

  • La Norma: Las patentes e inventos de un ciudadano no son propiedad privada total, sino Patrimonio de la Nación. El inventor recibe prestigio y una renta vitalicia en Tális de Oro, pero la tecnología debe ser compartida con el Cuerpo Tecnócrata para el bien común.

3. LEYES DE CONVIVENCIA Y TRADICIÓN

1. Ley del Namaz-i-Sephid (Silencio Nacional):

  • La Norma: Durante los 15 minutos del Rezo Blanco, toda actividad mecánica y digital debe detenerse (excepto hospitales y reactores). El país debe quedar en silencio absoluto para escuchar la montaña.
  • Infracción: Multas severas y trabajos comunitarios de limpieza en las minas.

2. Ley de Consumo Responsable:

  • La Norma: Está prohibida la importación de "productos de vanidad" (lujos innecesarios que no cumplen una función técnica o tradicional). TaliLand promueve la estética de la durabilidad: la ropa y las herramientas deben estar hechas para durar toda una vida.

4. DECRETO NACIONAL 44-B: "LEY DEL HIERRO VISIBLE"

Enfoque: Defensa nacional y ética del armamento.

Preámbulo

"El honor se porta al hombro, no se esconde en la bota. El arma larga es soberanía; el arma corta es traición."

Art. 1: El Derecho al Arma Larga (Tufegh-i-Pak)

  • Derecho: Todo ciudadano >18 años con formación en el Dastur debe poseer un fusil.
  • Obligación: Porte visible en bandolera en zonas fronterizas y Puertos Secos.
  • Registro: Vinculación biométrica obligatoria a la Intranet Nacional.

Art. 2: El Delito del Arma Corta (Zindan-i-Pinhān)

  • Prohibición: Ilegalidad total de pistolas y revólveres (armas ocultables).
  • Lógica: Prevenir el asesinato artero y el crimen callejero.
  • Excepción: Solo para la Guardia de la Mina en servicio activo.

Art. 3: Penalizaciones de Armamento

  1. Posesión de Arma Corta: 10 años en Prisiones de Superficie (Deh-i-Toba) y pérdida del derecho a portar fusil.
  2. Uso Criminal de Arma Corta: Traición al Dastur. Pena: Sarcófago de Granito de por vida.
  3. Modificación (Recorte): Alterar un fusil para hacerlo ocultable se castiga igual que la posesión de una pistola.